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Lonigro destacó que “todo lo que tenga que ver con la celeridad y la desburocratización siempre es bienvenido” y explicó que “en el caso de autorizaciones, ahora el silencio administrativo implica una aprobación”. Además, aseguró que “cuando se trata de trámites en los que la administración tiene que resolver un conflicto o un reclamo realizado por un particular, se mantiene el sentido negativo del silencio” e indicó que “el cambio, respecto de lo que había, es que cuando se trata de autorizaciones pedidas por particulares, el silencio da el ok y no significa el rechazo de la autorización”.
El artículo 31 de la Ley de Bases estableció un giro de 180 grados en la Ley de Procedimiento Administrativo: ahora, ante un reclamo sobre bienes públicos, el Estado tiene 60 días para pronunciarse. Si no lo hace en ese plazo, la respuesta se interpretará como positiva.